La naturalización es el proceso con el que un residente permanente se convierte en ciudadano estadounidense. Verificamos que cumples los requisitos antes de presentar y preparamos tu Formulario N-400 con los documentos que lo sostienen.
Antes de presentar revisamos tus fechas: cuánto tiempo llevas como residente, cuántos días has pasado fuera del país y si hay algo en tu historial que convenga resolver primero. Si todavía no es el momento, te lo decimos en la primera cita y te indicamos desde cuándo podrás presentar.
Naturalizarse es obtener la ciudadanía estadounidense después de haber sido residente permanente. Se pide con el Formulario N-400 ante USCIS y, si se aprueba, termina con la ceremonia de juramento, que es el momento exacto en que te conviertes en ciudadano.
Es el último paso de un camino que suele empezar con una petición familiar y sigue con el ajuste de estatus o el proceso consular. Ser ciudadano te permite votar en elecciones federales, tener pasaporte estadounidense y pedir a más familiares, y ya no tienes que renovar la green card. Tampoco pierdes tu estatus por pasar largas temporadas fuera del país.
Todos estos requisitos se miran a la vez. Cumplir uno no compensa la falta de otro, por eso los revisamos juntos antes de preparar nada.
La regla general son cinco años como residente permanente. Si estás casado con un ciudadano estadounidense y vives con esa persona, el plazo baja a tres años, siempre que tu cónyuge haya sido ciudadano durante ese tiempo. La solicitud puede presentarse hasta 90 días antes de cumplir el plazo, no antes.
Son dos cuentas distintas. La residencia continua mide que no hayas roto tu residencia con ausencias largas: un viaje de más de seis meses puede ponerla en duda y uno de un año o más, por regla general, la interrumpe. La presencia física exige haber estado dentro de Estados Unidos al menos la mitad del tiempo requerido. Además, hay que llevar al menos tres meses viviendo en el estado o distrito de USCIS desde donde presentas.
USCIS revisa tu conducta durante el periodo de residencia: antecedentes penales, cumplimiento de las obligaciones fiscales, manutención de hijos si corresponde y la veracidad de todo lo que declaraste en procesos anteriores. Algunos antecedentes impiden la naturalización y otros pueden poner en riesgo la propia residencia, así que este punto se revisa con cuidado y nunca a la ligera.
En la entrevista se evalúa que sepas leer, escribir y hablar inglés básico, y que conozcas la historia y el gobierno de Estados Unidos. Las preguntas de civismo salen de una lista oficial que USCIS publica y que se puede estudiar con tiempo.
La ley contempla excepciones por edad y años de residencia: a partir de cierta edad, y con muchos años como residente, puedes presentar el examen de civismo en tu idioma con un intérprete. Quien tiene una discapacidad física, del desarrollo o mental que le impide aprender inglés o civismo puede pedir la exención con el Formulario N-648, firmado por un médico autorizado. Si una de estas excepciones te aplica, lo vemos en la cita y preparamos tu solicitud en consecuencia.
Después de enviar el N-400 llega el recibo de USCIS y, poco después, la cita de datos biométricos: huellas y fotografía en una oficina cercana. Con eso se revisan tus antecedentes.
Luego viene la entrevista con un oficial, que repasa contigo el formulario y hace el examen de inglés y civismo. Si todo está en orden, la solicitud se aprueba y se programa la ceremonia de juramento. Hasta ese juramento sigues siendo residente: conserva tu green card y no viajes como ciudadano antes de tiempo.
Muchos hijos de un ciudadano naturalizado obtienen la ciudadanía automáticamente por derivación, sin presentar su propio N-400: en general, si son menores de 18 años, residentes permanentes y viven en Estados Unidos bajo la custodia del padre o la madre ciudadano. Para tener un documento que lo pruebe se puede pedir el certificado de ciudadanía con el Formulario N-600 o directamente el pasaporte. Cada caso familiar tiene sus matices y los revisamos en la cita.
Presentar antes de tiempo: si te adelantas más de 90 días, USCIS niega la solicitud y hay que empezar de nuevo. Contar mal los viajes: olvidar salidas del país o sumar mal los días fuera es de lo más común, y USCIS tiene tus registros de entradas y salidas.
Ocultar un antecedente, por pequeño que parezca: una omisión puede pesar más que el propio hecho. No haber presentado declaraciones de impuestos, o tener deudas fiscales sin un plan de pago. Y llegar a la entrevista sin haber preparado el inglés y el civismo: el examen se puede repetir una vez, pero es mejor no necesitarlo.
Empezamos por una cita en la que revisamos tu historia como residente: fechas, viajes, antecedentes e impuestos. Si hay algo que conviene resolver antes de presentar, te lo decimos con claridad; si no es el momento, te indicamos desde cuándo podrás hacerlo. De ahí sale una cotización por escrito, cerrada, antes de que pagues nada.
Después preparamos el expediente completo: transcribimos el N-400, organizamos los documentos de soporte, revisamos que no falte ni una firma y lo enviamos bajo tu dirección. Contamos con abogados licenciados en Colombia y la atención es en español e inglés, en línea o presencial.
Cuéntanos tu caso y te explicamos con claridad cómo seguir. Si no procede, te lo decimos en la primera cita.
Juliana Gómez Altamirano · Abogada licenciada en Colombia